Remuneración

Aquel pago del cual goza un empleado como recompensa por las labores que haya desempeñado. No importa de qué forma es este calculado, puede ser cobrado en efectivo, especie, o puede ser un pago ordinario o extraordinario. Estas incluyen también aguinaldos, primas vacacionales, horas extras, entre otras.

Hay diferentes maneras de llevar a cabo la remuneración, por lo que a continuación se expresara las tres categorías en las que se puede realizar. En la primera de ellas se incluyen tres grupos de salarios, mensual, quincenal y diario, por lo que esta responde a la periodicidad en la que se efectúa el pago. La segunda, en cambio, es según aquellos factores que se incluyen en la misma, dividido en dos salarios: el integral (es aquel en el cual se incluyen la jornada laboral, horas extra, prestaciones, turno nocturno, entre otros) y el ordinario (el cual es solo aquel trabajo realizado dentro de la jornada diaria). Por último, la tercera, es la forma de causación, en esta también podemos encontrar tres tipos de salario, entre ellos: por tiempo, a destajo o variable. 

Por último, nos queda por mencionar los tipos de remuneraciones. Las cuales podemos mencionar cuatro de ellas: comisión, prestación, sueldo y sobresueldo. La primera de estas corresponde al porcentaje que se lleva el empleado dependiendo de la cantidad de ventas que haya realizado, en base al valor de las comprar y ventas realizadas. Las prestaciones, en cambio, es un gozo que tiene el empleado anualmente, y que no forma parte de su salario, con el propósito de cubrir aquellas necesidades que no puede cubrir con el salario mensual. La tercera, es aquella cantidad de dinero que el empleado debe recibir obligatoriamente como retribución por los servicios y actividades realizadas. El mismo no puede ser menor a salario mínimo estipulado por el estado. Por último, éste se considera como aquellas horas extras que el empleado allá llevado a cabo. Las mismas no pueden sobrepasar las tres horas extras por días y no se puede dar más de tres veces a la semana. Por lo que en total y como máximo, pueden llegar a ser tan solo nueve horas extras por semana.

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