Recorte de personal

Sencillamente esto refiere a la reducción de recuso humano, o sea, de empleados. Esto puede llevarse a cabo por distintos motivos, entre ellos, que la empresa se haya mudado, por qué su situación económica no les permite mantener a todos los empleados que poseen o por modernización. Esta decisión suele ser de las últimas opciones por tomar por la empresa, ya que la misma conlleva un gran cambio para la misma, por lo que suele empezarse por pequeñas cosas como reducción de horas o de salarios. Este no se suele llevar de forma directa, por lo que varía mucho en las razones por las que se llega a llevar a cabo algo por el estilo. 

En caso de que la empresa acredite estar pasando por un momento económico difícil, puede llevar a cabo la modificación del contrato que poseía desde un principio con el empleado, siempre y cuando ambas partes estén de acuerdo con ello. Por lo que, de esta forma, no se termina la relación laboral pero la modificación se lleva al punto necesario para que el empleado pueda conservar su trabajo. Las circunstancias que la llevaron a ello deben ser presentadas ante la Junta de Conciliación y Arbitraje (JCA).

Otra de las cosas que pueden ser llevadas a cabo es la suspensión. Esta se realiza en caso de que en la empresa haya falta de materia prima, fallecimiento o enfermedad del empleador, exceso de producto existente, falta de fondos, entre otros. En esta se lleva a cabo una indemnización en la cual empieza a correr desde ocurrida la suspensión y seguirá en vigencia hasta el tiempo que la misma lo esté o que el empleado esté en condiciones de encontrar un nuevo empleo.

Por último, la baja total o individual de los empleados. Esta se llevaría a cabo en caso de que las anteriores no hayan sido suficientes y la empresa se haya declarado en banca rota, el empleador haya fallecido o presente una enfermedad, entre otros. Por lo que, se lleva al cese del contrato laboral de todos los empleados o de los que sean necesarios dependiendo de la situación económica y de costeabilidad de la misma. Todos aquellos empleados que hayan sido parte de este tipo de recorte deben ser indemnizados. 

Pese a que el recorte de empleados puede estar justificado por la falta de fondos de la empresa, esto debe ser investigado para comprobar la veracidad de lo mismo. Así mismo, todos los empleados deben recibir como indemnización tres meses de salario, prima de antigüedad y lo correspondiente a prestaciones, una vez que la relación laboral haya sido finalizada por recorte. 

En caso de que se justifique y se llegue a la conclusión de que la empresa tiene motivos válidos para llevar a cabo los recortes, la indemnización a los empleados debe ser llevada a cabo pero los mismos no podrán realizar una queja, o su caso no podrá ser considerado como despido injustificado. Por lo que, este no podrá exigir o ser acreedor de una reinstalación a su puesto de trabajo. 

Si las posibilidades de la empresa para evitar la reducción de personal llegan al punto en el que son nulas, es recomendable para la misma que comience su recorte por los empleados de menor antigüedad. Será necesario que jefes y aquellos que posean cargos mayores se queden dentro de la misma manteniéndola a flote. En caso de que la misma logre mantenerse después de realizados los recortes, será necesario mantener a los empleados que  quedaron, motivados y productivos.

Los recortes deben ser llevados a cabo en base a las normas y criterio de la JCA. Esto ayudará a la empresa a evitar las demandas que se puedan llegar a ocasionar por causa de los recortes realizados.

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